- Horario de atención: Lunes - Sábado: 08:00 - 18:00
El servicio de alquiler de vehículos de Pacificar Rental es exclusivo para uso privado, no estando autorizado para el transporte público o mercancías.
Para garantizar el alquiler, Pacificar Rental se comunicará con la marca que respalda la tarjeta de crédito del cliente: Visa, MasterCard, Diners Club, American Express o Discovery y solicitará el congelamiento de una fracción de su línea de crédito de su tarjeta.
Cuando se realice la devolución del vehículo arrendado y se confirme la no existencia de daños en el vehículo , Pacificar Rental solicita inmediatamente la liberación y/o anulación de dicho monto a la misma marca de su tarjeta de crédito, siendo el banco emisor de su tarjeta quien se encargará de procesar dicha solicitud en los tiempos previstos por el banco para que el monto extornado se vea reflejado en su línea disponible.
Las garantías mínimas a pedir pueden incrementarse en un 20% en función al destino al cual se dirige o hasta cubrir el importe total del alquiler.
En caso requerir mayor explicación sobre este procedimiento, por favor contactarnos.
Sólo pueden conducir:
Clientes con Tarjeta de Crédito Válida, Documento de identidad, Licencia de conducir vigente, menores de 25 años y mayores de 21 años; califican con un adicional de S/ 68.00 por día. Igualmente, conductores adicionales mayores de 21 años pero menores de 25 años.
Se le incluye en el alquiler las coberturas CDW, SLI. Las siguientes condiciones son indispensables para que las coberturas tengan lugar:a) Informar inmediatamente del accidente a la Policía de Tránsito.b) Informar inmediatamente a Pacificar Rental.c) Presentar después de la colisión la Denuncia Policial, Dosaje Etílico y Peritaje Policial de Daños que no muestre:
Esta cobertura reduce la responsabilidad de EL ARRENDATARIO en caso de daños causados al VEHÍCULO rentado por Colisión hasta un máximo de US$ 1500.00 (más I.G.V.). En caso de pérdida total o robo del VEHÍCULO, EL ARRENDATARIO será responsable de US$ 7000.00 (más I.G.V.) en el caso de camionetas SUV o minivan y de US$ 6000.00 (más I.G.V.) en el caso de autos hatchback o sedán. Si el daño por colisión fuera menor a US$ 1500.00 (más I.G.V.) EL ARRENDATARIO pagará el valor real del daño. El uso del Vehículo rentado en contravención de la ley o de las condiciones del contrato de alquiler, anula esta cobertura automáticamente, convirtiendo AL ARRENDATARIO en responsable hasta el valor comercial del Vehículo rentado.
En el caso de que EL ARRENDATARIO y/o los conductores declarados tengan Responsabilidad en Daños a Terceros mientras conduce el vehículo rentado, la aseguradora de G&A PACIFIC S.A.C. pagará daños a terceros por concepto de Responsabilidad Civil hasta US$ 150,000 y hasta US$ 30,000 por Responsabilidad Civil frente a Ocupantes, (límite máximo de ocupantes según indique la tarjeta de propiedad del vehículo). EL ARRENDATARIO y/o conductores declarados asumirán el deducible mínimo de US$ 500.00 o 20% del monto indemnizable. El uso del vehículo rentado en contravención de la ley o de las condiciones del Contrato de Alquiler anula esta cobertura.
EL ARRENDATARIO, los conductores declarados y pasajeros (límite máximo de ocupantes según indique la tarjeta de propiedad del Vehículo Rentado) estarán asegurados hasta US$ 10,000 por muerte o invalidez permanente, hasta US$ 2,000 por gastos de curación y hasta US$ 1,000 por gastos de sepelio en caso de Accidentes de Tránsito mientras se encuentren dentro del vehículo rentado. Costos por reparaciones no contempladas dentro de las coberturas contratadas, infracciones de tránsito, lucro cesante, costos de combustible u otros que impliquen un desembolso directo de G&A PACIFIC S.A.C. serán asumidos por EL ARRENDATARIO.
Al adquirir esta cobertura, lo exonera del pago por daños a las llantas del vehículo, parabrisa delantero, parabrisa posterior y ventanas laterales en caso de que el siniestro no sea consecuencia de una colisión.
En caso de incidentes deberá presentar: Denuncia Policial, Dosaje Etílico y Peritaje de Daños Materiales; si no obtiene los documentos, las coberturas contratadas no cubrirán el accidente siendo responsable por el valor comercial del Vehículo.
El RFCDW reduce la responsabilidad de EL ARRENDATARIO en caso de daños causados al Vehículo rentado por Colisión hasta un máximo de US$ 800.00 (más I.G.V.). En caso de pérdida total o robo del Vehículo, EL ARRENDATARIO será responsable de US$ 3000.00 (más I.G.V.) en el caso de camionetas SUV o minivan y de US$ 2000.00 (más I.G.V.) en el caso de autos hatchback o sedán. Si el daño por colisión fuera menor a US$ 800.00 (más I.G.V.) EL ARRENDATARIO pagará el valor real del daño. El uso del Vehículo rentado en contravención de la ley o de las condiciones del contrato de alquiler, anula esta cobertura automáticamente, convirtiendo AL ARRENDATARIO en responsable hasta el valor comercial del Vehículo rentado.